PLAN DE IGUALDAD Y AUDITORÍA RETRUBUTIVA
Un plan de igualdad tiene como principal objetivo establecer medidas encaminadas a la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral de una organización. Se trata de medidas evaluables y en todo caso deben recoger unos supuestos considerados mínimos, a los que se hace alusión en el artículo 8.2 del Real Decreto 901/2020.
- A partir del 7 de marzo de 2022, la obligación de aprobación del plan de igualdad se ha delimitado a las empresas que tengan más de 50 personas trabajadoras.
¿POR QUÉ?
✔ Trabajar con la Administración Pública: Obtención de ventajas competitivas frente a otras empresas en concursos públicos. (art 71.1 d) de la LCSP)
✔ Mejora de la marca de empleador (RSC): mayor capacidad para atraer talento y mejor posicionamiento social de la empresa.
✔ Mejora del clima laboral por la actuación sobre inequidades.
✔ Mejorar la gestión de la empresa en general.
Χ No cumplir con las obligaciones en materia de igualdad puede dar lugar a multas que pueden oscilar entre 6.251 y 187.515 euros, además de sanciones accesorias.
Χ Los sindicatos pueden acudir a la Inspección de trabajo si la empresa no cumple la obligación legal. Desde la propia elaboración del diagnóstico previo, la negociación del plan de igualdad queda regulada por el artículo 87 ET
Χ Pérdida automática de las ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción, y exclusión automática del acceso a tales benecios durante seis meses
Casado & López Consulting somos una consultora con más de 21 años de experiencia en materia de RRHH, nos comprometemos con el cliente y aportamos un equipo multidisciplinar especializado en temas de igualdad, retibución, negociación y recursos humanos.
OBJETIVOS
Independientemente que se trata de una normativa de obligado cumplimiento, lo cierto es que cumple con una serie de objetivos de calado en la gestión de la propia compañía. En general, podemos citar:
- Adaptar la empresa a la normativa legislativa en igualdad y brecha salarial.
- Integrar el plan de igualdad en el funcionamiento ordinario de la organización.
- Generar impactos sociales positivos en los diferentes stakeholders.
- Impulsar la imagen de responsabilidad corporativa interna y externamente.
- Favorecer la atracción y fidelización de talento.
- Evitar los riesgos de discriminación, tanto por sus consecuencias legales como por quiebra de los valores corporativos.
- Conocer el clima laboral para corregir desviaciones indeseables.
PROYECTO
Para el análisis de la brecha salarial, es necesario que la empresa tenga realizada la evaluación de puestos de trabajo. En caso de no ser así, se valorará económicamente con carácter previo.
CONTENIDOS A DESARROLLAR
- El proceso de selección y contratación.
- La clasificación profesional.
- Las formaciones.
- La promoción profesional
- Las condiciones de trabajo donde se incluya la
auditoría salarial entre mujeres y hombres. - Corresponsabilidad de los derechos de la vida laboral, personal y familiar
- Infrarrepresentación femenina.
- Las retribuciones.
- Prevenir el acoso sexual y por razón de sexo
Además del apoyo en materia de Descripción de Puestos de Trabajo (DPT), también podemos ofrecer nuestro servicio de Valoración de Puestos de Trabajo (VPT), de cara al análisis de la auditoría retributiva, de tal forma que combinemos un sistema justo y con equidad interna así que combine con la competitividad externa
INVERSIÓN
✔ Presupuesto individualizado y adaptado a tu compañía.
✔ Incluye todo el proceso de elaboración del Plan de Igualdad.
✔ Parte formativa puede bonificarse por el FUNDAE.
LEGISLACIÓN APLICABLE
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, de planes de igualdad y su registro.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva.
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